Prepárate para el nuevo registro electrónico de jornada laboral en México.
La reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación incorporó la obligación patronal de registrar electrónicamente la jornada de cada persona trabajadora, incluyendo hora de inicio y término, y de proporcionar esa información a la autoridad cuando sea requerida.
Qué establece la reforma
La Ley Federal del Trabajo adiciona la obligación de registrar electrónicamente la jornada de cada persona trabajadora, con horario de inicio y finalización.
La información debe poder proporcionarse a la autoridad laboral cuando sea requerida.
El artículo 994 contempla multas de 250 a 5,000 UMA para la persona empleadora obligada que incumpla la fracción XXXIV del artículo 132.
Fechas clave
Qué conviene revisar desde ahora
Entrada, salida, turno, servicio, trabajador, incidencias y modificaciones deben poder consultarse con contexto.
La trazabilidad cobra importancia cuando una empresa necesita explicar una corrección, incidencia o ajuste posterior.
Si la historia de una jornada depende de Excel, mensajes y llamadas, preparar una revisión puede requerir reconstruir manualmente lo ocurrido.
Conviene contar con información organizada por persona, periodo, servicio y centro de trabajo para facilitar consultas.
Cómo ayuda JornadaOK a preparar la operación
Fuente legal principal: Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo de 2026, reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de reducción de jornada laboral. Para decisiones legales específicas, consulta la publicación oficial y asesoría especializada.
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